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    Córdoba CF: El exconsejero delegado del Córdoba CF, Javier González Calvo, es condenado a pagar 524.465,63 euros al club

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    La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid (Plaza nº 5) dictó Sentencia nº 105/2026 el pasado 22 de septiembre por la que condena al exconsejero delegado del Córdoba CF bajo la SAD Unión Futbolística Cordobesa, Javier González Calvo, a abonar a la entidad deportiva una cantidad global de 524.465,63 euros, más intereses, por lo que entiende «mala gestión» e «incumplimiento de contrato» entre el demandado, González Calvo y el actor en la demanda, Unión Futbolística Cordobesa.

    El magistrado-juez Moisés Guillamón Ruiz estimó parcialmente la demanda interpuesta por el club blanquiverde mediante el ejercicio combinado de una acción social de responsabilidad y una acción por incumplimiento contractual. La resolución, a la que tuvo acceso Diario CÓRDOBA, considera probado que el demandado vulneró sus «deberes de diligencia y lealtad durante el desempeño de sus funciones ejecutivas», eximiéndole únicamente de los cargos vinculados a un supuesto conflicto de interés con la gestión de su despacho de abogados en relación al Algeciras CF.

    El no fichaje del colombiano

    La condena impuesta a Javier González Calvo, que fue consejero delegado del Córdoba CF desde la toma de control de poder en el club por parte de Unión Futbolística Cordobesa, en diciembre del 2019 hasta mayo del 2023, asciende a un montante global de 524.465,63 euros. El fallo judicial, tomando como referencia la demanda interpuesta por el Córdoba y que ya adelantó este periódico en su día, se desglosa en los siguientes conceptos.

    Javier González Calvo deberá abonar al Córdoba CF 126.270,04 euros por «negligencia y ocultación» en la contratación de Ferney Mosquera (asunto FIFA). El juez determina una actuación «no diligente» y «falta de información al consejo y al socio único» en el fichaje del jugador colombiano procedente del extranjero. Esta falta de diligencia derivó en reclamaciones ante la FIFA por derechos de formación que obligaron al Córdoba CF a pagar 34.108,59 euros al club El Padrino, 83.916,00 euros al Aston Villa y 9.000 dólares (equivalentes a 8.244,78 euros) en concepto de costas procesales.

    Despido de Germán Crespo

    También deberá pagar González Calvo al Córdoba CF 136.933,32 euros por «rebasar sus facultades en el despido del cuerpo técnico de Germán Crespo», según constaba en la denuncia interpuesta por la entidad blanquiverde y aceptada por el magistrado. González Calvo solicitó autorización al consejo únicamente para destituir al primer entrenador, pero «rescindió de manera unilateral y sin estar facultado para ello los contratos del segundo entrenador (Óscar Ibáñez) y del preparador físico (Alejandro Prieto)». La condena se fija en el importe exacto abonado por la sociedad en indemnizaciones al segundo técnico y preparador físico del entrenador granadino: 65.833,32 euros para Ibáñez y 71.100,00 euros para Prieto.

    «Gastos personales»

    Otra cantidad que deberá abonar el ex consejero delegado del Córdoba CF a la entidad blanquiverde es la de 27.121,33 euros por «imputación de gastos personales y contractuales injustificables», según consta en la sentencia. 18.832,80 euros de ellos son derivados del «arrendamiento de un chalet de lujo en Córdoba con un contrato a 10 años que excedía su mandato estatutario de 2 años». Tras su cese, «el club tuvo que asumir rentas pendientes y penalizaciones por resolución anticipada», indica la sentencia. Otros 3.341,03 euros corresponden, según el magistrado «a gastos de viajes de su pareja sentimental cargados a la entidad» y otros 4.947,50 euros «atribuidos a gastos de carácter personal (como una cena de cumpleaños) abonados con la tarjeta corporativa del club».

    El campo de la Ciudad Deportiva

    La cuenta aumenta significativamente con el caso del campo de césped artificial en la Ciudad Deportiva y la batalla que generó. De fondo se encuentran los 349.600,00 euros que el club reclamaba a Javier González Calvo debido a un «incumplimiento contractual y extralimitación» en el proyecto «Pro-fit». El juez Guillamón Ruiz valora en un principio la petición al demandado del pago, por un lado, de «149.600,00 euros por las penalizaciones fijadas en un contrato para la construcción de un campo de fútbol y prestación de servicios, así como a 200.000,00 euros adicionales derivados de un contrato de aval».

    El tribunal concluye que González Calvo firmó ambas operaciones actuando como apoderado general pero «careciendo de los poderes específicos requeridos, incumpliendo de forma grave el mandato encomendado y generando un perjuicio directo a la sociedad». En este caso, el magistrado resta el supuesto daño reputacional (que UFC valoraba en 105.000 euros) y otros pequeños conceptos, dejando la cifra a indemnizar por parte del exdirigente en 234.140,94 euros.

    La cantidad total, por tanto, que según la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid (Plaza número 5) debe abonar Javier González Calvo al Córdoba CF se eleva a 524.465,63 euros.

    Absolución por el Algeciras

    El único bloque de la demanda que es desestimado por el juzgado es el relativo a los servicios prestados al Algeciras CF. UFC reclamaba 587.805,53 euros sosteniendo la existencia de un conflicto de interés, al haber financiado y asesorado a dicho club a través del despacho GMCP/Crowe durante la etapa ejecutiva de González Calvo en el Córdoba.

    Sin embargo, el magistrado concluye que los contratos fueron formalizados regularmente por la firma profesional y que no se acreditó ni la infracción del deber de lealtad ni la existencia de un daño directo y real al patrimonio como reclamaba UFC, al tratarse de pagos correspondientes a servicios efectivamente prestados a la entidad blanquiverde.

    La sentencia, sobre la que no hay costas que abonar, no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días desde la comunicación de la misma.

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